martes, 8 de enero de 2013

Carta de Hacienda a los Reyes Magos


Queridos Reyes Magos,

Los ingratos contribuyentes no me quieren pagar mis impuestos y creo que es porque los legisladores y unos brutos que dicen que defienden los derechos humanos no me dejan cobrar bien.

Así, que te pido por favor que la forma de recaudar la pueda hacer de la siguiente manera:

a)    No se debería llevar contabilidad ni registros magnéticos, sino un auxiliar en donde consten todos los depósitos y todos los retiros y que se tenga el sustento documental de dichas operaciones. (como si fuera el régimen de entradas y salidas de los transportistas, a quienes si se les obligaba a llevar así su contabilidad)

b)   No se deberían regir los actos jurídicos privados conforme al Código Civil que corresponda, sino que cuando las partes sean contribuyentes éstas deberán adicionar, como elemento de validez a todos sus actos algún elemento que acredite la fecha cierta.

c)    No se debería sólo considerar que las autoridades tienen una presunción de legalidad sobre de cualquier acto que digan, independientemente de si es legal o no o si es cierto o no, sino que además debería señalarse el principio de incertidumbre de los actos jurídicos realizados por los particulares, para que recaiga sobre de estos la carga de la prueba para acreditar que los actos que ellos celebraron con otros son verdaderos y suficientes para que la hacienda pública no tenga lugar a dudas.

d)   No se debería permitir resolver sus obligaciones a los contribuyentes con cualquier método de extinción de las obligaciones, sino que se les debería obligar por ley a todos los que sean contribuyentes a realizar sus pagos a través de un medio financiero, para que la Hacienda Pública pueda cerciorarse que la operación de que sea habla realmente existe.

e)    No se debería obligar a la Hacienda Pública a que use sus computadoras y sus registros, sino que se le debería obligar a los contribuyentes siempre a tener una carpeta en donde se tenga actualizada la información que la autoridad ya tiene como Cédula del RFC, Declaraciones Anuales y Complementarias, Acta Constitutiva, Estados de Cuenta Bancarios, para que el contribuyente cuando sea revisado simplemente tenga que exhibir dicha carpeta.

f)     Se debería volver a implementar la obligación de los contribuyentes para que pongan los valores necesarios para el cálculo de sus contribuciones en las declaraciones, pues éstos servían como papeles de trabajo, en lugar de que ahora en la declaración sólo se pongan resultados y que cuando te revisen te pidan tus papeles de trabajo para el cálculo de los impuestos.

Y si puedes hacer que se me incremente mi base tributaria te lo agradecería.

Atentamente,


SAT

lunes, 7 de enero de 2013

Amparo vs ISR 2013

Estimado Mexicano,

Recordarás que en 2009, el Presidente Felipe Calderón determinó subir el Impuesto Sobre la Renta del 28% al 30% para contrarrestar los efectos de la crisis mundial, medida que tenía una temporalidad, considerando que bajaría nuevamente el impuesto el 1º de enero de 2013 al 29% y el 1º de enero de 2014 bajaría al 28%.

Ahora, el gobierno actual del Presidente Enrique Peña, determinó no cumplir con dicho plazo, sino suspenderlo, supuestamente, por un año más, por lo que contrario a aquél decreto de 2009, este año nuevamente tendremos una tasa del 30% y el próximo año tendríamos una del 29% y en el 2015 llegaría hasta el 28%.

La modificación realizada, afecta a todos los mexicanos con “efecto hormiga”, puesto que te quita el 1% de todo lo que recibas, durante 2013 y 2014 (al menos). Un 1% sobre tu sueldo no parece tanto, sin embargo, debido a los alcances de la ley, el siguiente cuadro que podría darte una idea de tu daño escalado según tu sueldo:

 SueldoMensual        1% de su sueldo 13-14                  

$40,000.00                $11,200.00

$45,000.00                $12,600.00

$50,000.00                $14,000.00

$55,000.00                $15,400.00

 El sueldo mensual es bruto y está tomando en consideración que obtengas prestaciones de ley como 15 días de aguinaldo, prima vacacional regular, sin bonos, ni caja de ahorro ni nada.  En caso de que tengas mayores prestaciones, inclusive podrías duplicar la cantidad que te impacta.

 Lo injusto es inconstitucional (generalmente), y no es justo que primero nos digan que nos van a subir el ISR del 28% al 30% por una cuestión temporal y que nos prometan que lo regresarán eventualmente al 28%, y que hoy de un plumazo, nos indiquen que siempre ya no, que ahora será un año más.

El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala, en su primer párrafo, no se podrá efecto retroactivo a ninguna ley en perjuicio de ninguna persona.  Por tanto, si ya teníamos una ley en 2009 que decía que para 2013 tendríamos una tasa menor de ISR y en diciembre de 2012 se modifica la ley de 2009, es claro que está yendo hacia atrás para modificar una situación presente.  La Ley de Ingresos para el 2013 es inconstitucional por ser Retroactiva.

 Si quieres recuperar parte de tu sueldo, te propongo acudir al Amparo Indirecto, mismo que tramitaré de manera colectiva.  El amparo cuando se gane, seguramente en 3 años, tendrá el efecto de devolverte todo el dinero que te quitaron al amparo de la reforma hecha por nuestro presidente, vía devolución de hacienda.

No importa si cambiaste de trabajo, no importa inclusive si te despidieron o cambiaste de régimen, mientras sigas siendo sujeto del pago del ISR el amparo te seguirá protegiendo.

Entenderás que para un despacho no es fácil levantar la voz en contra de un régimen que nos trata de manipular de manera gratuita, y también entenderás que llevar Un Amparo por $15,000 de devolución tampoco es negocio.  Así, el esquema de negocio es el siguiente:

 Se juntarán grupos de 20 personas para tramitar los amparos, a efecto de llevar un control de dar servicio a los que ya están incluidos.

 Si no se juntan al menos 100 personas, los amparos no se realizarán, por inviabilidad del proyecto; si se juntan las 100 personas se podrán realizar de uno a 5 amparos por esa cantidad de personas.

 El costo del amparo será de $1,200.00 pesos por persona como pago único.  Dicha situación te dará derecho a recibir una copia simple del acuerdo por el cual se admitió a trámite el amparo en tu favor. Cuando se ganen las sentencias, se deberá solicitar una copia certificada de la misma, que evidentemente tu tendrás que pagar ante el Juzgado igual que cualquier otra copia que tu solicites.  En todo caso, yo te enviaré una copia digitalizada de todo lo que está sucediendo, por correo electrónico.

 Los requisitos son:

 Traer 15 copias fotostáticas y el original de tu recibo de nómina correspondiente al 15 de enero de 2013 en donde aparezca tu Nombre Completo, tu número de seguridad social, tu RFC, la retención de ISR que realice tu empleador.

Traer 15 copias fotostáticas y el original de la constancia de retención del pago del primer sueldo de enero de 2013 (Este documento generalmente se entrega mensualmente y algunas empresas lo entregan al final del año, sin embargo la ley señala que se debería entregar cada que se realice una retención, y por tanto ES IMPORTANTÍSIMO tenerlo.  Sin este documento no se puede tramitar el amparo. En caso de que tu departamento de contabilidad no sepa de qué estas hablando yo te puedo mandar el formato para que lo llenes y ellos sólo lo firmen y listo.)

 Traer 15 copias fotostáticas de tu IFE.

 Señalar tu correo electrónico, domicilio actual y teléfono, para ser notificado y/o localizado para realizar las firmas de cualesquiera promociones y/o escritos que se tengan que presentar.

 Toda la documentación deberá ser entregada en un folder carta con broche tipo “baco” por juego (esto es deberás acompañar 15 fólderes con la documentación en el interior), con los datos de nombre completo y RFC al frente del sobre.

 Si recibes tu nómina quincenal, el calendario para presentar los amparos es el siguiente:

 PAGO RECIBIDO EL DÍA            FECHA LÍMITE

11 de enero                                       1º de febrero

14 de enero                                       4º de febrero

15 de enero                                       5º de febrero

16 de enero                                       6º de febrero

 Por tanto, la fecha límite para entregarme la información, será el día 31 de enero de 2013.

 Mas información en:

Sergio@Reyna.com

Florencia 37-801, Colonia Juárez,

Del. Cuauhtémoc, C.P. 06600.

jueves, 16 de agosto de 2012

CONGELAMIENTO DE CUENTAS

LA NUEVA DEL SAT Y AUTORIDADES FISCALES FEDERALES.

No es un secreto que las autoridades fiscales tengan como meta primigenia la recaudación.
No es un secreto tampoco que hay funcionarios públicos que buscan cumplir las metas a costa de violar los procedimientos.

Y si bien es cierto que no está bien violar la ley para cumplir una meta, lo cierto es que nunca había ocasionado un problema que cualquier abogado no pudiera solucionar.  Pues bastaba con acudir al juicio para demandar la nulidad del acto y listo.

Pero hoy día, se rumora que el SAT contrató a los "chicos malos" de la administración pública: a los del IMSS del Estado de México, gente que me ha tocado ver que le ponen a un camionero un desarmador en el cuello para que se le paguen los gastos de ejecución o que a empujones le quitan el portafolios al Contador para ver si está escondiendo algo.

Y claro, cuando subes a esa gente y le permites que ordene ilegalidades, evidentemente lo que ordena son actos sin escrúpulos.

Hoy día el SAT congelará las cuentas bancarias cuando no se haya garantizado el crédito fiscal en el término previsto en el Código Fiscal de la Federación, siendo que la facultad de congelar las cuentas no es viable cuando no se ha garantizado el crédito fiscal, sino en supuestos como el de desaparecer u oponerse a una diligencia.

El problema de congelar las cuentas radica en que los contribuyentes ya no pueden seguir operando, ya no pueden seguir pagando sueldos, no pueden seguir trabajando, no pueden pagar sus otros impuestos, es decir, acaban con la empresa.

Uno como abogado puede intentar varias vías legales, la más viable es el amparo indirecto, que ahora tiene una deficiencia: será competente el juzgado de distrito aquél en el que dentro de su territorio se haya ejecutado el acto.  Y en tratándose de congelamientos de cuentas bancarias, el acto se ejecuta en el lugar donde radica la cuenta.

Les cuento que mi cliente abrió tres cuentas una en Puebla, otra en Hidalgo y otra en Tlaxcala, el hizo su cambio de domicilio al Distrito Federal, ya se imaginarán la cantidad de reenvíos que existieron. Después de que convencí al de Hidalgo de aceptar la competencia, el juez que tocó conocer el asunto, es un juez mixto, cuyos asuntos generalmente son civiles y penales, aunque también resuelve administrativos, fiscales, agrarios, de seguridad social, de derechos de autor, telecomunicaciones, comercio exterior, entre todas las ramas del derecho.

Evidentemente este Juez, nunca se imaginó que el SAT, el honorable SAT, podría congelar las cuentas y dejar en la calle a mi cliente sin haber seguido el procedimiento. Lo cierto es que difirió 4 veces la audiencia para ver si las autoridades traían el documento que acreditara que se había seguido el procedimiento, concluyendo en: "No licenciado, pues no trajeron nada, parece que si actuaron ilegalmente".

Entonces si sumamos que hay gente sin escrúpulos en el SAT, IMSS e INFONAVIT, que no les importa quebrar a las empresas, que los juzgados buscan en todo momento deshacerse de asuntos rebotándolos cuando puedan para liberarse de carga de trabajo y que cuando aceptan los asuntos, los mismos jueces o no conocen ese tipo de asuntos o no creen que puedan ser tan violatorios los actos, pues claramente en México estamos viviendo una época sin justicia.

La gente del SAT de hecho cree que está cumpliendo metas de recaudación, cuando lo cierto es que está quebrando a las empresas.  Ojalá y pongan a un Secretario de Hacienda y a un presidente del SAT que cuando menos cumpla la ley o que si la viola, no quiebre a las empresas.

lunes, 16 de mayo de 2011

PROPUESTA DE REFORMA AL SISTEMA FISCAL DE MÉXICO


PROPUESTA DE REFORMA AL SISTEMA FISCAL DE MÉXICO
Por Sergio Jesús Reyna Carreño

La verdad de las cosas radica en que para poder reformar el sistema fiscal de México, en principio es imperante conocer dicho sistema, pero al igual que las personas que son conocidas de una forma en su casa, también tienen otra faceta que le conocen otros que están fuera de ella.  En ese mismo sentido, el sistema fiscal mexicano, seguramente será conocido por todos los funcionarios públicos que han tenido grandes intentos y esfuerzos fallidos por reformarlo, y ello es porque les falta conocerlo por fuera.

En México, siempre se ha criticado que la carga fiscal de todo el país la soporta una cifra cercana al 10% de los contribuyentes, y con voz enérgica se ha señalado el rumbo a seguir: acrecentar el padrón tributario.  Sin intentar entrar a un debate de porcentajes, lo cierto es que de los contribuyentes dados de alta, suelen pagar sus impuestos, máxime que en su mayoría son empleados que sus empresas, y estas se los retienen.  Un porcentaje menor, es el que incumple sus obligaciones de contribuir al gasto público, pero los excelentísimos abogados con que cuenta el Servicio de Administración Tributaria han logrado, según fuentes internas, al menos recuperar el 60% por ciento de los créditos, sin considerar los contribuyentes que acuden al juicio contencioso, quienes tienen un 50% de probabilidades de ganar y de perder.

En ese sentido, queda en claro que la mayoría de los contribuyentes dados de alta si pagan sus impuestos y son los que sostienen, con la ayuda de PEMEX, el presupuesto de egresos, en contra peso de aquellos mexicanos que ni siquiera se encuentran dados de alta y que por lo general se encuentran en el comercio informal.  Por tanto, es una “verdad de Perogrullo” que el verdadero problema no es crear nuevos impuestos, o subir o bajar la tasa impositiva, tampoco la demagogia de que “pague más el que más tiene”, lo que se necesita y todo mundo lo sabe es: aumentar el padrón tributario.

Sostener un criterio contrario, sería tanto como pensar que si se aumentan las penalidades en contra de los violadores sexuales o que si se generan nuevos elementos técnicos o agravantes del delito, entonces ya no habrá violadores sexuales.  Dicha situación es falsa, si sólo se les dieran 5 años pero se capturara al 90% de los delincuentes, es evidente que habría menos delitos sexuales. 

Igualmente pasa con las leyes fiscales, con virtudes o defectos, las leyes están para recaudar, y mal que bien, la inmensa mayoría de los contribuyentes dados de alta pagan sus impuestos, el problema es que hay muy pocos empadronados.  Si modificamos las leyes para nuevos impuestos, o para generar nuevas técnicas de redistribución de la riqueza, es evidente que dicha reforma pasará exactamente igual que las que se han venido realizando desde hace 15 años: con más pena que gloria.

Claro, todos podemos decir cuál es el problema (aumentar el padrón tributario) pero pocos se aventuran a dar una solución; se piensa que modificar la legislación fiscal generaría aquella panacea de la que todo mundo habla: La Reforma Integral Fiscal.  ¡FALSO! 

La reforma a las leyes fiscales como la del ISR o IVA o IETU, inclusive su abrogación, no sirven para redistribuir la base tributaria en todo el país, sino que sirven para que los mismos gobernados que toda la vida hemos mantenido el sistema fiscal, suframos los cambios y modificaciones que las cámaras del Congreso de la Unión se les ocurre cada año, y que al final del día sigamos siendo los mismos que pagamos nuestros impuestos, pero cada año con una nueva modalidad.

Claro, dichas reformas podrían incrementar en unos cuantos puntos la recaudación, pero es porque algunas van dirigidas a ciertos contribuyentes, que las autoridades exactoras ya tienen identificados, pero reitero, eso no es una Reforma Integral del Sistema Fiscal.

Como lo indiqué al principio de esta nota, la Reforma Integral del Sistema Fiscal, debe partir desde el origen del mismo, y es evidente que el sistema fiscal no se origina así mismo, sino que tiene su génesis en el comercio que es lo que genera la riqueza de que hablan los principios tributarios constitucionales.  Por tanto si se quiere Reformar el Sistema Fiscal, lo que se requiere en realidad es reformar la forma en la que se hacen negocios, a saber:

Primero, el SAT debe cambiar su objetivo primordial, que ya no debe ser recaudar, sino empadronar.  Recuerdo con mucha tristeza una crítica que el Dr. Eusebio González (q.e.p.d.) hizo mientras nos impartía sus magistrales cátedras en el Doctorado en Derecho Tributario: “que equivocada está la política recaudadora de México [el era español], se alegran los Administradores de Recaudación y se alegra el Presidente de la República porque incrementaron los porcentajes de embargos y recuperaciones de créditos fiscales, cuando en realidad deberían preocuparse; pues lo ideal sería que no tuvieran que cobrar, sino que todos pagaran.  Así las buenas noticias serían –Sr. Presidente, este mes no pudimos recaudar nada de impuestos, todos los contribuyentes están al corriente”.

Es claro, el Servicio de Administración Tributaria, y en especial las Administraciones Locales de Recaudación, tienen un poder y una impunidad ante su órgano de control interno, que no les importa congelar cuentas o embargar bienes inembargables y actuar de manera ilegal, pues le conviene más al contribuyente pagar y luego defenderse, que defenderse inmediatamente en contra de sus arbitrariedades. 

No conozco un sistema mejor que el de “metas recaudatorias” para la administración fiscalizadora y exactora, pero si sé que el objetivo primordial del SAT es recuperar créditos fiscales, a como dé lugar; y nunca su objetivo ha sido empadronar más contribuyentes.  Lo sé, por qué he estado frente a tal cantidad de atrocidades que cualquier alto funcionario del SAT que se enterara diría que no estaba enterado de eso; y tanto sé que no quieren empadronar que afuera de cualquier SAT, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, frente a Palacio Nacional o frente a cualquier dependencia de gobierno existe comercio informal: es claro, el SAT no tiene por objetivo empadronar, sino “exprimir” con base en la supuesta “reforma integral” que aprueba anualmente el Congreso de la Unión a todos los Contribuyentes.

Cómo es posible que la SHCP teniendo control sobre la Comisión Nacional Bancaria no pueda empadronar a todos los tarjetahabientes, claro es que no tienen su RFC: Lo más absurdo! Para qué sirve el número de folio del Acta de Nacimiento, para qué sirve el número de folio del IFE, para qué sirve el número de la CURP, para qué piden en TODAS  las dependencias el Acta de Nacimiento, el IFE y el CURP. Tan sencillo, quiten el RFC para las personas físicas e intercámbienlo por el CURP que ya todo mundo tiene y con eso, ahora todos los cuentahabientes, como su esposa o mi madre que no están dadas de alta y que venden ropa o zapatos o que tienen un puesto en la esquina estarán fiscalizados y será más fácil, que ellas, por miedo a saber que ahora están fiscalizadas, acudan directo con el SAT a ver si se registran como REPECOS o si pagan un cantidad mensual.

Segundo, se deben modificar los mecanismos jurídicos civiles y mercantiles de recuperación de cartera vencida.  Los negocios, decía en su Teoría Económica el Maestro John Keynes, son como un efecto dominó y sólo necesitan de una mano invisible (el gobierno) que ponga a girar la economía.

Verbigracia, en México la razón por la cual no estamos empadronados es porque no se puede tener un control de las operaciones que se realizan generalmente de forma comercial, ello es porque la mayoría se realizan en efectivo.  Y obviamente no estoy hablando de ventas de coches nuevos o inmuebles o actividades comerciales respecto de las cuales el SAT tiene forma de fiscalizar, sino que me refiero a actividades comerciales comunes que son casi imposibles de determinar, como lo es el pago de servicios en restaurantes, fondas, papelerías, bares, antros, hoteles, taxis, escuelas, en general los servicios de salud privados, farmacias, entre otras. Es imposible que el fisco sepa cuánto venden esos negocios porque todos los servicios se realizan en efectivo, y por tanto como el SAT prefiere recaudar a ultraza, no hace compulsas con inventarios y por tanto no se puede saber si se realizó una venta o no.

Pero qué porcentaje de la economía mexicana se dedica a esas escasas actividades que he mencionado, simplemente contemos Acapulco o Cancún en una semana santa, qué cantidades se gastan en los puestos playeros y en efectivo.

Es de resaltar, que la autoridad fiscalizadora ha obtenido una mayor recaudación desde que dejó de lado la contabilidad y demás comprobantes y empezó sólo a revisar cuentas bancarias, pues el SAT se ha dedicado a invertir la carga de la prueba y ahora le corresponde al contribuyente señalar de qué es cada entrada y cada salida de las cuentas de cheques.

Por tanto, para ampliar el padrón, lo que se requiere es que todas las operaciones se vuelvan electrónicas o mediante tarjeta de crédito vinculada a una chequera, situación que la han tratado de implementar sin mucho afán nuestros legisladores mediante la obligación del monedero electrónico del SAT, obviamente eso no iba a funcionar.

Así, nuestra primera premisa sería que la mayor cantidad de operaciones  comerciales deberían realizarse mediante un medio electrónico como lo pudiera ser una tarjeta de crédito o débito.

El problema con eso, es que casi nadie tiene una tarjeta de crédito o una tarjeta de débito [hablando en términos de población], porque los bancos cobran unas cantidades altísimas de comisiones e intereses y no dan ningún tipo de beneficio a un ciudadano promedio, con un sueldo aproximado de $5,000 mensual, que en su mayoría constituyen más del 50% del padrón fiscal que no está registrado.

Y la razón que esgrimen las instituciones bancarias es que el riesgo de recuperación de la cartera es muy alto y es por ello que tienen que cobrar muchas comisiones a los tarjetahabientes y a los comercios.

Por tanto el problema de origen, para que nos conduzcamos como en Estados Unidos de América o España o Francia, en donde hasta en la papelería, el metro, el taxi o los puestos esquineros se puede pagar con tarjeta de crédito, es que todos tengan acceso a una tarjeta de crédito y para lograr eso, hay que bajar las tasas y las comisiones, y para lograr eso hay que modificar la forma en la que los bancos puedan recuperar su cartera.

El día de hoy, los créditos se dan con base en el buró de crédito sin analizar la situación especial de cada persona, al grado que hoy me negaron un crédito personal para remodelar mi casa, porque Banco Santander-Serfin se equivocó y me cobró un seguro personal a una tarjeta que estaba cancelada hace 5 años, y como se tardó 3 meses en borrarme del buró de crédito, ahora tengo que esperar 6 meses para pedir otro crédito, cuando mi manejo del crédito es impecable. Sólo en México.

Por tanto, si un banco en lugar de basarse en el buró de crédito, tuviera la facultad de recuperar su cartera como en otros países, en menos de un año, sería obvio que ya no les costaría tanto prestar dinero y por tanto más gente podría tener acceso a las tarjetas de crédito.

Pero es el caso, de que conozco gente que debe una tarjeta de crédito y tiene 3 meses sin pagarla, y en el mismo banco tiene dinero suficiente para pagar la deuda y no lo hace, porque sabe que no le podrán hacer nada.  Y cuando le llegue alguna demanda o lo manden a cartera vencida podrá negociar por una cantidad menor.

Si a la hora de iniciar un juicio ejecutivo mercantil, por una tarjeta de crédito, el actor tuviera acceso a obtener información de las cuentas bancarias, propiedades, automóviles o acciones de una empresa y pudiera embargarlas como lo indica la legislación civil adjetiva, con toda claridad los bancos podrían recuperar más rápido su cartera.

Por tanto es indispensable que la recuperación de la cartera sea más fácil, para que las tasas bancarias bajen y que ello permita que todos los gobernados tengan acceso a una tarjeta de crédito y todos los comercios tengan obligación y facilidad de tener una terminal de tarjetas móvil (como para los taxistas o ambulantes) o fija como para cualquier negocio.

Es importante conocer, que el día de hoy, los bancos se quedan entre el 4 y hasta 15%, de las operaciones que se realizan con tarjeta de crédito y que los negocios tardan, en ocasiones, hasta 2 meses en obtener las cantidades cobradas mediante esa vía.  Por eso casi nadie acepta tarjeta de crédito, por eso en mi Firma de Contadores y Abogados Fiscalistas, no aceptamos tarjetas de crédito.

Sería bueno limitar con ciertos candados las tarjetas de crédito, para evitar nuevamente economía informal y además reducir los secuestros exprés, como por ejemplo que no se pueda retirar dinero de los cajeros usando una tarjeta de crédito y que todos los empleados por ley, tuvieran que recibir su pago vía tarjeta de nómina.

La moraleja de este apartado es: generar una política para que todos en México tuvieran acceso a un pago y a un cobro mediante tarjeta de crédito o débito, para que todos así estuviéramos fiscalizados y que eso no nos costara.

Tercero, una vez realizadas las anteriores encomiendas, el paso a seguir sería dejar la tasa impositiva del ISR en el 28% como estaba, aumentar el límite inferior marginal a las personas físicas y REPECOS, reducir el IVA al 10%, permitir que los estados añadan un “tramo” de IVA local hasta el 5% y abrogar el IETU.

Si ya tenemos en el padrón fiscal a todos los contribuyentes que tienen una tarjeta de crédito o una cuenta bancaria, y además logramos acrecentar tal cifra dando facilidades para que todas las operaciones sean vía tarjeta de crédito, entonces ahora si podemos hablar de reformar las leyes fiscales, porque ya hicimos un análisis y reforma de origen en los actos que generan impuestos: los actos de comercio.

Se propone bajar la tasa del ISR nuevamente al 28% porque eso incentiva la inversión extranjera, maxime al ver que en México se puede recuperar una cartera vencida fácilmente, existe certeza en el orden jurídico pues nadie quedará debiendo nada, y además existe una tasa que mundialmente es más baja, regresará la inversión extranjera a México.

Por nuestra parte, a los mexicanos no nos afecta tal circunstancia, porque igualmente 2 puntos, no harán diferencia si tenemos un padrón fiscal ampliado, pues cada nuevo contribuyente sería como aumentar 1 punto.

Las personas físicas y REPECOS y asimilables a sueldos, pagan[1] el 1.92% cuando ganan hasta $500.00, el 6.40% más una cuota fija de 9.52 cuando ganan hasta $4,200.00, el 10.88% más una cuota de $250.00 cuando ganan hasta $7,500.00 y así sucesivamente, lo que se propone[2] es que:

-          Una persona que gante hasta $4,000.00 no pague impuestos.
-          Los demás y hasta un límite razonable como podría ser $10,000.00 podrían pagar una cuota fija y un porcentaje cercano al 15%.
-          Los demás continuarían como lo señala dicho artículo.
-          Evidentemente habría que hacer los cálculos y realizar las modificaciones necesarias para evitar una inconstitucionalidad por desproporcionalidad.

Con esto los que ganan apenas para comer, no pagarían impuestos, los que ganan poco pagarían poco y así proporcionalmente.  Esta tabla se propone hacerla extensiva a los REPECOS.

 Reducir el IVA al 10% convendría muchísimo, porque si se amplió el padrón de contribuyentes, entonces se obtendrían más ingresos derivados de este concepto, además dejarle un tramo a los Estados permitiría reducir las cantidades que la Federación le entrega a los Estados y éstos empezarían a generar un nuevo régimen fiscal.

El IETU simplemente se debería abrogar, porque es la más grande aberración que pudiera existir.  Es un grito desesperado que nace de no saber cómo cobrar los impuestos que ya existen, es decir, simplemente refleja la ineptitud que tiene el gobierno para cobrar los impuestos, imagen que no nos conviene dar hacia el exterior. Bastante tenemos con la guerra al narcotráfico.

Estoy consciente de que la presente nota es simplemente un ensayo de lo que debería hacerse, y que por tanto deberá perfeccionarse ampliamente para poder llegar a ser la reforma fiscal integral que todos clamamos; no obstante ello, estoy seguro que si la presente se tomara como lineamientos o premisas, se podría obtener un resultado que favorecería no sólo al Gobierno Mexicano, sino a todos los mexicanos.


[1] Las cantidades señaladas son aproximadas. 
[2] Los porcentajes  que se proponen son de conformidad con la forma de cálculo que hoy existe en el artículo 113 de la LISR